El Servicio de Rentas Internas (SRI) actualizó las tablas para liquidar el impuesto a la renta para el periodo del 2024 y definió que la fracción básica exenta será de $ 11.902 para el siguiente año. Es decir que las personas naturales bajo relación de dependencia que ganen más de $ 1.095,34 al mes deberán pagar impuesto según la tabla de liquidación publicada si es que no presentan deducciones de gastos.
El aporte personal al Seguro Social (9,45 %) no paga impuesto, por ello quienes ganan $ 1.095,34 deben restar ese aporte que sería en ese caso de $ 103,51 y con ello su valor tributable mensual sería de $ 991,83 que multiplicado por los doce meses del año llegan a los $ 11.901,96 que cubre la fracción básica exenta.
La tabla establece que el rango de la fracción básica exenta de pago es de $ 0 a $ 11.902 de ingresos anuales. Sin embargo, si el ingreso recibido va más allá de este valor se paga conforme a una tabla. En esta se paga desde 5 % hasta 37 %, dependiendo del valor recibido, y una cantidad en efectivo, si hay exceso de la fracción básica.
Así, la entidad informó que oficializó la publicación de la Resolución NAC-DGERCGC23-00000036 cuyo contenido entrará en vigencia a partir su publicación en el Registro Oficial y será aplicable desde el 1 de enero de 2024. De acuerdo a la nueva tabla, quienes ganen más de $ 11.902 al año ya empiezan a pagar impuestos.
La tabla vigente para el 2023 tenía como piso para el pago de impuestos $ 11.722 anuales. La tabla actualizada es la siguiente:
IMPUESTO A LA RENTA 2024 | |||
---|---|---|---|
Fracción Básica (USD) | Exceso hasta (USD) | Impuesto Fracción Básica (USD) | Impuesto Excedente (%) |
0 | 11.902 | – | 0 % |
11.902 | 15.159 | – | 5 % |
15.159 | 19.682 | 163 | 10 % |
19.682 | 26.031 | 615 | 12 % |
26.031 | 34.255 | 1.377 | 15 % |
34.255 | 45.407 | 2.611 | 20 % |
45.407 | 60.450 | 4.841 | 25 % |
60.450 | 80.605 | 8.602 | 30 % |
80.605 | 107.199 | 14.648 | 35 % |
107.199 | En adelante | 23.956 | 37 % |
Fuente SRI |
La nueva tabla se basa en los literales a) y d) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno vigente, en el que se indica que los rangos de las tablas establecidas para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales y de las sucesiones indivisas y el impuesto sobre la renta que genera incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, serán actualizados conforme a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor del Área Urbana a noviembre de cada año.
La variación anual del Índice de Precios del Consumidor del Área Urbana a noviembre de 2023 es de 1,53 %, según lo ha publicado el INEC.
HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES) 2024 | |||
---|---|---|---|
Fracción Básica (USD) | Exceso hasta (USD) | Impuesto Fracción (USD) | Impuesto Fracción Excedente (%) |
0 | 76.558 | – | 0 % |
76.558 | 153.115 | – | 5 % |
153.115 | 306.231 | 3.828 | 10 % |
306.231 | 459.379 | 19.139 | 15 % |
459.379 | 612.515 | 42.112 | 20 % |
612.515 | 765.630 | 72.739 | 25 % |
765.630 | 918.725 | 111.018 | 30 % |
918.725 | En adelante | 156.946 | 35 % |
Fuente: SRI |
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