Los Miembros de Mesa que sean designados para las siguientes elecciones de consulta popular, previstas para el 16 de noviembre de 2025, tendrán una doble responsabilidad: asistir tanto a las sesiones de capacitación organizadas por el CNE como a la jornada electoral del día en cuestión.

Los Miembros de Mesa que sean designados para las siguientes elecciones de consulta popular, previstas para el 16 de noviembre de 2025, tendrán una doble responsabilidad: asistir tanto a las sesiones de capacitación organizadas por el CNE como a la jornada electoral del día en cuestión.

En Ecuador, las leyes consideran ambas faltas como infracciones electorales y aplican multas calculadas con base en el Salario Básico Unificado, cuyo monto de referencia para 2025 se fija en $480.

Sanciones por incumplimiento

Los ciudadanos que no asistan a la votación o que no sigan las instrucciones el día de la misma se enfrentarán a dos clases de multas, según lo estipulado por el Código de la Democracia y los reglamentos del CNE:

1. Por no asistir a la capacitación obligatoria

El CNE sostiene que es esencial participar en la formación para asegurar la transparencia y una adecuada realización del sufragio.

  • La sanción por la inasistencia a la capacitación sobre el proceso de Referéndum y Consulta Popular es igual al 10% del Salario Básico Unificado.
  • La multa es de aproximadamente 47 dólares.

Se impone esta multa, aunque el ciudadano asista a la mesa electoral el día de las elecciones, puesto que son dos infracciones distintas.  En esta oportunidad, las capacitaciones se impartirán del 9 al 16 de noviembre de 2025.

2. Por no integrar la Junta Receptora del Voto

La ausencia más grave se aplica a aquellos que, después de haber sido notificados, no asisten a la JRV el día de la votación.

  • La penalización por no presentarse a las juntas receptoras del voto, cuando se está obligado a hacerlo, es el 15% del SBU.
  • La multa se estima en aproximadamente $70,50.

Cabe resaltar que, si el ciudadano falla en cumplir las dos obligaciones, la multa total puede ascender a más de cien dólares.

Justificación legal de ausencias

El CNE ha aclarado que las justificaciones de las faltas a la capacitación o a la integración de mesas solo serán aceptadas si son causales válidas y verificables, como por ejemplo:

  • Enfermedad que ha sido certificada correctamente por el Sistema Nacional de Salud.
  • Desastre doméstico severo que sucedió el día de la elección o en los días previos.
  • Imposibilidad, tanto física como legal, que ha sido demostrada de manera adecuada.

Se examinará cada situación y si no se acepta la justificación, se aplicará la multa de manera automática. Si no se paga a tiempo estas multas, podría inhabilitarse para llevar a cabo gestiones cívicas y el caso podría ser enviado a la Unidad de Coactivas del CNE. Por este motivo, se hace un llamado a los ciudadanos para que estén atentos tanto a las notificaciones oficiales como al cronograma de capacitación.

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